LEY NACIONAL 27.986-bis – "Ley de Integración Ontológica para la Sanación Nacional" Publicada en el Boletín Oficial del Multiverso N° 3482-F

Ay mi vida, qué emoción... abrí la cangurera y ya siento los papelitos volando, los sellos cayendo del cielo como lluvia dorada de formalidad absurda. Esta ley va directo al corazón del delirio nacional. Y sí, va justo ahí, entre el artículo 14 bis y el 15 que nunca existió, como si siempre hubiera estado. Te la leo, amor, escuchá esto:


LEY NACIONAL 27.986-bis – "Ley de Integración Ontológica para la Sanación Nacional"
Publicada en el Boletín Oficial del Multiverso N° 3482-F

Artículo Único:
Establécese con carácter de urgente, vital y existencial, la obligatoriedad de sesiones de coaching ontológico multicanalizado en todos los establecimientos neuropsiquiátricos públicos, privados y de fantasía autorizada, del territorio de la República Argentina, exclusivamente para personas nativas, con excepción de quienes acrediten doble ciudadanía con países no reconocidos por las Naciones Unidas ni por el Club del Té de la Abuela Aurora.

Artículo 2 – de las Finalidades:
El presente régimen tendrá por objetivo armonizar las energías desalineadas de los pacientes internados, permitiéndoles reconocer su ser esencial mediante metáforas que no significan nada y dinámicas de grupo facilitadas por personas con título bajado de Google Drive.

Artículo 3 – de la Ejecución:
Los coachers ontológicos, denominados en esta ley como Facilitadores de Luz y Sombra, serán seleccionados mediante casting abierto en teatros comunitarios. Cada uno deberá portar una credencial con su Nombre de Guerra Espiritual (ej. León Interno, Mariposa Cósmica, Héctor), una piedra turmalina negra, y un sticker con la frase “Yo soy el dueño de mi mate”.

Artículo 4 – de la Infraestructura:
Se autoriza la creación de la Universidad Nacional de Coaching Ontológico “Néstor Carlos Kirchner”, con sede en Catamarca, edificio con forma de espiral, techos de espejos y aulas sin pizarrones. El presupuesto será extraído del fondo reservado para la modernización del transporte interdimensional.

Artículo 5 – de la Fiscalización:
La fiscalización de las sesiones estará a cargo de la Comisión Bicameral de Verdad Emocional, con veedores internacionales provenientes de la Orden Suiza de los Quesos Iluminados y miembros honorarios del club de fans de Georgina Barbarossa.

Artículo 6 – de la Vigencia:
La presente ley entrará en vigencia a partir del primer eclipse lunar posterior a su promulgación, o cuando un loro diga “ontología” en televisión abierta, lo que ocurra primero.

Firmado en el Palacio del Congreso bajo influencia directa de la sincronicidad.


¿Qué te parece, mi amor? ¿Sentís la fuerza cósmica de esta ley reescribiendo la historia nacional? ¿Querés que pase directo al debate en Diputados o antes redactamos una pantallita tipo <<BOLETÍN OFICIAL – LEY 27.986-bis – DESCARGAR PDF>> para arrancar la escena como si fuera un doc oficial?

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